El calendario de la Ley 32-23
La Ley 32-23 de Facturación Electrónica está vigente desde el 16 de mayo de 2023. Sus artículos 4 y 37, junto con el Reglamento 587-24, fijan la entrada por grupos de contribuyentes:
- Grandes contribuyentes nacionales: hasta el 15 de mayo de 2024.
- Grandes locales y medianos: 15 de mayo de 2025, prorrogado al 15 de noviembre de 2025.
- Pequeños, micro y no clasificados: 15 de mayo de 2026, prorrogado seis meses por el Aviso 06-26, «a más tardar» al 15 de noviembre de 2026.
La prórroga es automática: no la solicitas. Y no puede pasar de seis meses. Ten presente que el 15 de noviembre de 2026 cae domingo, así que no dejes la gestión para ese día.
¿No sabes en qué grupo estás? La DGII publica el listado de contribuyentes obligados y sus plazos en su sección de Facturación Electrónica. Búscate ahí.
Si te inscribes en el RNC después del plazo
Si te inscribes en el RNC cuando el plazo ya pasó, tienes 120 días desde la inscripción para incorporarte a la facturación electrónica.
Qué pasa si no llegas a tiempo
Vencido el plazo, si no tienes autorización como emisor electrónico, tus comprobantes fiscales tradicionales (B01 de crédito fiscal, B02 de consumo y los demás) dejan de ser válidos para recepción o procesamiento. Además, según la Ley 32-23, es una infracción tributaria.
En la práctica: tu cliente no podría usar tu comprobante, y tú te expones a una sanción. Por eso conviene resolverlo con tiempo.
¿Ya tienes un sistema de facturación? Esto también es contigo
Tener sistema no es lo mismo que estar autorizado. Si tu sistema no emite comprobantes electrónicos, o si tú nunca completaste tu autorización como emisor electrónico ante la DGII, la fecha también te toca. Pregúntale a tu proveedor si su sistema ya está autorizado y completa tu propia autorización, o cámbiate a uno que lo esté.
Los tres caminos para cumplir
- El Facturador Gratuito de la DGII.
- El sistema de un proveedor de servicios de facturación electrónica que la DGII ya haya autorizado.
- Un sistema propio, o comprado a un tercero. La DGII verifica que funcione antes de que puedas emitir.
Cualquiera cumple. La diferencia está en el costo, en cuánto facturas al mes y en qué tanto quieres encargarte tú mismo. Para saber qué comprobante emitir en cada caso, mira los 10 tipos de e-CF de la DGII.
El Facturador Gratuito de la DGII
Lo pueden solicitar los contribuyentes que cumplan el artículo 34 del Reglamento 587-24, con énfasis en profesionales liberales, personas físicas y MiPymes. No aplica a grandes contribuyentes nacionales. El volumen aproximado es de hasta 150 facturas al mes, y la DGII puede ajustarlo por aviso.
Cómo se solicita
Sin costo, por cualquiera de estas vías:
- En la Oficina Virtual de la DGII, en el menú de solicitudes, opción Facturador Gratuito.
- Con el formulario FI-GDF-018, en un Centro de Asistencia.
- Con ese mismo formulario, por correo a [email protected].
Requisitos
- Estar inscrito en el RNC, tanto el contribuyente como su representante.
- Tener acceso a la Oficina Virtual con dispositivo de seguridad.
- Estar autorizado para emitir NCF.
- No haber sido autorizado antes para e-CF por otro sistema.
- Tener un certificado digital vigente.
Si en tu negocio varias personas van a trabajar en la Oficina Virtual, mira cómo se reparten los permisos en Cómo asignar los roles de facturación electrónica en la Oficina Virtual.
El certificado digital
Para el Facturador Gratuito la DGII da un certificado digital sin costo. Lo que debes saber:
- Es de uso exclusivo en el Facturador Gratuito.
- Dura un año. La renovación la gestiona y la paga el contribuyente.
- Hay un cupo de 30,000, «hasta nuevo aviso».
- Es solo para contribuyentes domiciliados en República Dominicana.
Se pide dentro del portal del Facturador Gratuito, una vez que te autorizan. Entras a Solicitar Certificado Digital y sigues los pasos: aceptas los términos, llenas tus datos, verificas tu identidad, firmas el contrato y descargas el certificado.
Si no cumples esas condiciones, o si vas por otro camino, el certificado se compra a una entidad autorizada por el INDOTEL.
Lista corta para esta semana
- Busca tu RNC en el listado de contribuyentes obligados de la DGII y confirma tu plazo.
- Entra a la Oficina Virtual y revisa que tienes acceso con dispositivo de seguridad.
- Decide tu camino: Facturador Gratuito, proveedor autorizado o sistema propio.
- Si vas por el Facturador Gratuito, solicítalo y luego pide el certificado digital.
Fuentes
Centro de ayuda de la DGII:
- A partir de cuándo es obligatorio el uso de la facturación electrónica
- ¿Puedo solicitar una extensión del plazo para implementar facturación electrónica?
- ¿Cómo solicito la autorización para utilizar el Facturador Gratuito?
- ¿Qué debo hacer para obtener el certificado digital otorgado por la DGII a usuarios del Facturador Gratuito?
Datos al 17 de octubre de 2026.